«[…] El efecto y acción del poder del pensamiento que denominamos idea, que puede estar en poder de un individuo siempre y cuando se lo guarde para si, pero ni bien lo divulga pasa por fuerza a ser posesión de todos, y su receptor no puede desposeerlo. Quien recibe una idea mía se instruye sin disminuir mi instrucción, así como quien enciende una vela con mi luz se ilumina y no me deja en la oscuridad».
Así James Boyle cita una carta de Thomas Jefferson de 1813 dentro del artículo «Contra el cercamiento» en Prohibido Pensar, Propiedad Privada. Boyle hace una comparación de el primer movimiento de cercamiento agrícola de Inglaterra en el siglo XVIII con los modelos de monopolios derivados de la propiedad intelectual recientes: las tierras de campesinos que eran de uso comunal tradicional pasan a ser propiedad de un señor feudal sometiendo a los trabajadores y arrebatándoles el uso sobre éste de manera violenta. Se ejerce un control unitario que produce un crecimiento y expansión que difícilmente podría alcanzar el irregular sistema comunal. La inversión y las cosechas aumentan con un mejor control, «salvando vidas» a través de la propiedad privada, a costa de romper relaciones laborales y tradicionales junto con la expulsión de campesinos. Según Boyle hoy se está dando un segundo movimiento de cercamiento en donde se disputan las ideas en una era digital.
El monopolio de las ideas
En tiempos de Jefferson, lo único privado eran las ideas, hasta que una persona las compartía. Era absurdo pensar en restringir su uso, y más cuando conllevan una ayuda a la sociedad. Los primeros pasos hacia la propiedad industrial e intelectual se dieron en 1883 en el Convenio de París ya que diez años antes los expositores de la Exposición Internacional de Invenciones de Viena temían que sus ideas fueran robadas y explotadas en otros países. Suena lógico que los creadores, científicos y artistas vean los frutos de sus esfuerzos, y por ello existen modelos como el copyright, cuya finalidad es la de proteger las creaciones y obras para fomentar la creatividad y una competencia sana. Muchos de estos derechos limitados de explotación han evolucionando, pasando de ser efectivos por 20 años después del registro hasta 100 años después de la muerte del autor (el caso de México), para después pasar las obras a ser dominio público (es decir que se puede hacer uso de las obras sin rendir cuentas a nadie). Pero el discurso parece quedarse en buenas intenciones, pues la propiedad intelectual conlleva a un problema grave: el monopolio.
Como ya muchos saben, yo soy artista visual, así es que me centraré en las creaciones artísticas, la industria creativa de las imágenes y la música, que son claros ejemplos para este artículo que también puede ser aplicado al software o la ciencia.
Vivimos una nueva era rápida y comunicada con la internet. Podemos acceder a contenidos culturales con sólo unos cuantos clics. ¿En esta era digital, las ideas deben de tener un dueño? Para artistas y creativos, la era digital trae grandes ventajas para la producción, distribución y publicitación de las obras. Los productos no se desgastan ni agotan, un archivo .MP3 puede ser compartido millones de veces y no se acaba; el compartir es cotidiano. Así mismo hay amenazas para los creadores, como la piratería, personas ajenas que explotan las obras y obtienen ganancias aprovechando la tecnología para la copia sin el conocimiento del autor. Nuestra época de neoliberalismo busca la privatización de todo, desde servicios sociales hasta recursos naturales. En el caso de las ideas, como ya se mencionó, se busca proteger y fomentar la creatividad: las ganancias de la explotación deben de ser exclusivas, ¿para quién?
Muchas veces para los creativos es difícil dar visibilidad a sus obras ante el público en un mercado donde hay muchas otras propuestas disponibles. En el caso de una banda de música, se busca una disquera que los apoye en su desarrollo, y muchas veces tienen que ceder los derechos de explotación sobre sus obras, encontrar un promotor, un mecenas. Las disqueras promocionan a la banda, les consiguen eventos para tocar y venden sus discos, pero a cambio de una buena tajada de las ganancias, donde puede verse comprometida la libertad de los discursos de la banda. ¿Y si alguien quiere hacer una mezcla, modificar la letra o crear algo nuevo en base de lo anterior? Se necesita permiso explícito de la disquera y no de la banda. La propiedad privada, la propiedad intelectual, restringe, excluye, y puede traer dificultades para creador y consumidor, como en el caso de la discriminación de precios: si quieres conseguir una copia de un álbum, solamente puedes hacerlo a través de tiendas autorizadas, y a veces en un formato específico (como el CD) a un precio fijo. Esta obra que compraste no es realmente tuya, tienes permiso de escuchar las pistas, pero no de copiarlas, modificarlas ni compartirlas.
Limitaciones al Usuario
Para nosotros es muy fácil descargar imágenes y música a través de torrents. Nos parece excesivamente cotidiano, por lo tanto no trae ningún tipo de sanción. ¿Qué pasaría si se restringiera totalmente el acceso a una página por infringir las leyes de propiedad intelectual? ¿Se deben de pagar precios fijos para ver un video, una imagen? ¿Estarías de acuerdo en pagar una multa alta por usar una imagen para tu sitio personal?
Han habido intentos para proteger la propiedad intelectual y favorecer los monopolios de explotación por parte del Estado o acuerdos mercantiles internacionales, como las leyes PIPA o SOPA. En México hay un caso, la llamada por algunos Ley Beltrones. En enero de 2015 se presentó la propuesta para la reforma a la Ley de propiedad industrial y Ley federal de derechos de autor. Con el fin de proteger a las industrias creativas de una competencia desleal y permitir el libre flujo de información y contenidos sin prejuicio a usuarios y titulares de los derechos, se busca una actualización de las leyes en un entorno digital con potencial para nuevos modelos de negocios. Si se aplican estas reformas, los titulares de los derechos pueden pedir a las autoridades competentes prevenir e impedir las violaciones. Algunas de las modificaciones son que el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial tenga facultad de ejecutar medidas para prevenir o cesar las violaciones en el entorno digital. Estas ejecuciones van desde la suspensión de la disposición al público de material hasta multas de los 5 mil a 40 mil días de salario mínimo, todo con el pretexto de combatir a la piratería en México (cifras de 2011 muestran que se han descargado 6,600 millones de canciones y 1,920 millones de imágenes, según la propuesta de reforma). Pero persiste la duda de si esta reforma puede utilizarse como forma de censura y monitoreo constante hacia los usuarios.
A través de un propietario intelectual, las ideas se limitan, los intermediarios pueden disponer y abusar. Internet trae hacia éstos un temor a la descentralización casi anárquica. Beatriz Busaniche, en «Las ideas y las cosas. La riqueza de las ideas y los peligros de su monopolización» (incluido en la obra ya mencionada) aclara que hacer negocios sobre las leyes de copyright se vuelve insalvable en la era digital, principalmente por la capacidad tecnológica de compartir y reproducir obras fácilmente, pero pueden existir modelos beneficiosos al permitir el acceso libre a los productos (como ejemplo, se pueden crear obras a partir de otras obras). Conceptos derivados de la propiedad intelectual surgen del marketing, estrategias para limitar el uso y percibir más ganancias, abusando de los permisos para acceder a las obras. Compartir libremente es un ejemplo de cómo las ganancias no se ven afectadas, por el contrario pueden mejorar, pero tal vez no para un intermediario.
Un ejemplo que me parece fascinante es el de la banda inglesa de metal Iron Maiden: para ellos no es secreto el daño que hace la piratería, pues en la década de los 2000, 70% de las tiendas de discos independientes de Inglaterra habían cerrado a causa de la descarga ilegal de música. Ellos revisaron la base de datos de la compañía Musicmetric, incluyendo los datos sobre las descargas a través de BitTorrent. Se dieron cuenta que en Sudamérica se registraban el mayor numero de descargas, además de que Brasil, México, Venezuela, Colombia y Chile son de los países con mayor número de seguidores del Twitter de Iron Maiden. En 2011 y 2012 la banda enfocó sus giras en Sudamérica y se registraron ventas masivas y llenos totales en cada sede. «Los fans de todas maneras no pueden descargar las playeras oficiales de la gira», comunicó oficialmente la banda. Al final de la gira y de la película documental de ésta (Flight 666), sus fans online crecieron en más de 5 millones. ¿Por qué no hacer de BitTorrent una plataforma legal para promocionarse? (información de: PATRIZIO, Andy, «How Iron Maiden turned piracy into paying costumers», en CITE World. Accedido el 1 de Mayo de 2015. Lamentablemente la liga al artículo original ya no existe)
Un ejemplo de los abusos que puede ejercer una compañía sobre sus consumidores: ¿Te gustaría tener una consola para entretenimiento que sólo permitiera el uso de productos nuevos? No podrías usar ni productos de segunda mano ni mucho menos prestados. Pues Microsoft, en 2013, anunció que esa iba a ser una de las características de su nueva consola, llamada Xbox One. Debías forzosamente tener un ejemplar del juego que quisieras jugar, nada de ir a las retas a casa de tu cuate llevando tu juego, cada copia del juego sólo podía jugarse en la primera consola en que se registró. La crítica le llovió a montones a Microsoft. Lo mejor fue la respuesta de su competidor, Sony y su consola Playstation 4, al dar una finísima pero fuerte cachetada con guante blanco:
Microsoft inmediatamente desistió en la restricción de uso de juegos compartidos o comprados de segunda mano.
Compartir libremente, no robar
¿Todo esto quiere decir que los productos deben ser gratis a través de internet? La respuesta es no. De ninguna manera esto es una apología al plagio o incitar a no pagar a los creativos. La información y las ideas deben de ser libres, que no es sinónimo de gratis; obviamente el creador y artista debe de recibir los frutos de su esfuerzo. En la era digital surgen nuevos modelos de negocio que no te fuerzan a comprar con un solo distribuidor y en un solo formato, sobre todo puedes adquirir productos directamente con el creador. Podemos decir que la tirada es eliminar el abuso de los intermediarios. El creador puede percibir ganancias de donaciones, suscripciones o presentaciones en vivo cuando su material está disponible gratis en sus sitios de internet. También puede recibir el apoyo de un patrocinador sin cobrar para tener acceso a las obras. La cultura libre puede ser un modelo ideal para nuestra era conectada y comunicada digitalmente. En el horizonte surgen más términos, como el crowdfunding o streaming, que hacen más accesibles los productos a consumidores. Sobre estos temas hablaremos en otro artículo.
Pa’ leer más
JARAMILLO, Paula, «Los dudosos fundamentos y efectos del proyecto de Ley Beltrones«, en Derechos Digitales.
RAMÓN, Mariano (diseño y armado), «Prohibido Pensar, Propiedad Privada«, en Fundación Vía Libre.
SÁNCHEZ, Julio, «PRI revive la Ley Beltrones; alertan censura«, en El Economista.
[…] Arthur C. Danto en Después del fin del arte (1997), al explicar lo que es el arte posmoderno, dice que el arte moderno, el arte del pasado, justamente está para que lo utilicemos de la manera en que nosotros queramos. Hay quien aboga por un mundo de información libre (que no es sinónimo de gratis), pero los intereses económicos no van a dejar que se vayan las oportunidades de negocio, por eso se busca mantener la protección que otorga el copyright. El copyleft busca alternativas para compartir ideas e información y la internet tiene un gran potencial para ser una herramienta de conocimiento global, pero estos últimos temas son para otro artículo. […]
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